MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE
Artículo 12
(Informe ambiental anual).- El Poder Ejecutivo, a través del Ministerio
de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, elaborará
anualmente un informe nacional sobre la situación ambiental, que deberá
contener información sistematizada y referenciada, organizada por áreas
temáticas.
El mencionado informe será remitido por el Poder Ejecutivo a la Asamblea
General, al Congreso de Intendentes y a los Gobiernos Departamentales.
Se dará amplia difusión pública y quedarán ejemplares del mismo en el
Ministerio a disposición de los interesados.