Créanse dos Juzgados Letrados de Concursos, por transformación de dos
Juzgados Letrados en Primera Instancia en lo Civil.
Estos Tribunales conocerán en primera instancia en todos los
procedimientos concursales: concursos civiles, concordatos, moratorias de
sociedades anónimas, quiebras y liquidaciones judiciales cuya competencia
corresponda al departamento de Montevideo.