Fecha de Publicación: 01/06/2001
Página: 531-A
Carilla: 9

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 4

 Estarán alcanzadas las entregas de bienes efectuadas en territorio 
nacional y su introducción efectiva al citado ámbito espacial, 
independientemente del lugar en que se haya celebrado el contrato y del 
domicilio, residencia o nacionalidad de quienes intervengan en las 
operaciones y no lo estarán las exportaciones.
Ayuda