Fecha de Publicación: 02/01/2002
Página: 2-A
Carilla: 4

CONSEJO DE MINISTROS

Ley 17.437

Denomínase Caja Notarial de Seguridad Social a la Caja Notarial de 
Jubilaciones y Pensiones creada por la Ley 10.062.
(3.371*R)

                            PODER LEGISLATIVO                             
                                                                          
El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del 
Uruguay, reunidos en Asamblea General,

                                 DECRETAN                                 
                                                                          
                                 TITULO I                                 
                                                                          
                 DE LA CAJA NOTARIAL DE SEGURIDAD SOCIAL                  
                                                                          
                              CAPITULO UNICO                              

Artículo 1

 Denomínase Caja Notarial de Seguridad Social a la Caja Notarial de 
Jubilaciones y Pensiones creada por la Ley Nº 10.062, de 15 de octubre de 
1941, la que se regirá por las disposiciones de la presente ley y demás 
normas aplicables.

BATLLE, GUILLERMO STIRLING, DIDIER OPERTTI, ALBERTO BENSION, LUIS BREZZO, 
ANTONIO MERCADER, LUCIO CACERES, SERGIO ABREU, ALVARO ALONSO, LUIS 
FRASCHINI, GONZALO GONZALEZ, ALFONSO VARELA, CARLOS CAT.


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