Ley 17.437
Denomínase Caja Notarial de Seguridad Social a la Caja Notarial de
Jubilaciones y Pensiones creada por la Ley 10.062.
(3.371*R)
PODER LEGISLATIVO
El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del
Uruguay, reunidos en Asamblea General,
DECRETAN
TITULO I
DE LA CAJA NOTARIAL DE SEGURIDAD SOCIAL
CAPITULO UNICO
Artículo 1
Denomínase Caja Notarial de Seguridad Social a la Caja Notarial de
Jubilaciones y Pensiones creada por la Ley Nº 10.062, de 15 de octubre de
1941, la que se regirá por las disposiciones de la presente ley y demás
normas aplicables.
BATLLE, GUILLERMO STIRLING, DIDIER OPERTTI, ALBERTO BENSION, LUIS BREZZO,
ANTONIO MERCADER, LUCIO CACERES, SERGIO ABREU, ALVARO ALONSO, LUIS
FRASCHINI, GONZALO GONZALEZ, ALFONSO VARELA, CARLOS CAT.