MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA
(Financiamiento).- El Fondo se financiará con el producido total del Impuesto al Valor Agregado (IVA) de frutas, flores y hortalizas, en las condiciones que se señalan en los artículos 9º a 15 de la presente ley. Dichos artículos quedarán derogados a partir del 1º de julio de 2005.Ayuda