Fecha de Publicación: 27/08/2002
Página: 553-A
Carilla: 13

MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MINERIA

Artículo 6

 (Estímulos de carácter nacional).- Las personas físicas o jurídicas que 
instalen parques industriales dentro del territorio nacional, así como 
las empresas que se radiquen dentro de los mismos, podrán estar 
comprendidas en los beneficios y las obligaciones establecidos en la Ley 
Nº 16.906, de 7 de enero de 1998.

                                CAPITULO V                                
                                                                          
                  DE LOS PARQUES INDUSTRIALES ESTATALES                   
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