(Estímulos de carácter nacional).- Las personas físicas o jurídicas que
instalen parques industriales dentro del territorio nacional, así como
las empresas que se radiquen dentro de los mismos, podrán estar
comprendidas en los beneficios y las obligaciones establecidos en la Ley
Nº 16.906, de 7 de enero de 1998.
CAPITULO V
DE LOS PARQUES INDUSTRIALES ESTATALES