MINISTERIO DEL INTERIOR
Fe de erratas publicada/s: 14/01/2004.
(Determinación del día-multa).- El valor del día-multa será fijado por el Juez entre 0,10 UR (un décimo de unidad reajustable) y 5 UR (cinco unidades reajustables), teniendo en cuenta la situación económica del obligado, los bienes que posea, sus ingresos, su aptitud para el trabajo y sus cargas familiares.Ayuda