La Administración otorgará a los presuntos infractores, las garantías
consagradas en el Código Tributario.
Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 16 de
diciembre de 2003. LUIS HIERRO LOPEZ, Presidente; MARIO FARACHIO,
Secretario.
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MINERIA
MINISTERIO DE SALUD PUBLICA
Montevideo, 26 de diciembre de 2003
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el
Registro Nacional de Leyes y Decretos.