Fecha de Publicación: 27/01/2004
Página: 682-A
Carilla: 4

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 134

 (Garantías).- En garantía de obligaciones tributarias y sanciones 
pecuniarias, podrán constituirse a favor de la Caja, todos los medios de 
garantía previstos en la ley.
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