Ley 17.758
Extiéndese la prestación de la asignación familiar a todos los hogares
con ingresos de cualquier naturaleza, inferiores a 3 (tres) salarios
mínimos nacionales, que no estuvieren comprendidos dentro de los alcances
del Decreto-Ley 15.084 y de la Ley 17.139.
(887*R)
PODER LEGISLATIVO
El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del
Uruguay, reunidos en Asamblea General,
DECRETAN
Artículo 1
(Ambito objetivo y subjetivo).- Extiéndese la prestación de la
asignación familiar a todos los hogares con ingresos de cualquier
naturaleza, inferiores a 3 (tres) salarios mínimos nacionales, que no
estuvieran comprendidos dentro de los alcances del Decreto-Ley Nº 15.084,
de 28 de noviembre de 1980 y de la Ley Nº 17.139, de 16 de julio de
1999.