Fecha de Publicación: 19/08/2004
Página: 351-A
Carilla: 11

MINISTERIO DE SALUD PUBLICA

Artículo 5

 Además de cualesquiera otros elementos que puedan ser agregados como 
materia de regulación para la promoción integral del adulto mayor por el 
cuerpo encargado de estructurar el Plan Nacional objeto de la presente 
ley, serán tomados en cuenta, necesariamente, los siguientes que deberán 
ser contemplados en el cuerpo final del plan a elaborarse:

A)  Salud:

    i)   Garantizando al adulto mayor acceso a atención integral de su 
         salud, en su prevención, en su asistencia y en eventuales
         procesos posteriores de rehabilitación, tanto en la esfera
         pública como en la privada. En esta materia, deberá seguirse el
         modelo de "cuidados progresivos" privilegiando la atención con
         base comunitaria, creando alternativas a la hospitalización y
         generando, además, condiciones que permitan que, cuando fuere
         posible, la atención se lleve a cabo en el ámbito familiar.

    ii)  Garantizando al adulto mayor que tanto el sistema de salud 
         público como el privado dispondrán en todo momento de medicación
         básica para uso gerontológico, al costo más bajo posible,
         procurando liberarla de todo gravamen fiscal.

    iii) Asegurando, mediante un sistema de contralor adecuado, 
         condiciones decorosas en los establecimientos de atención o
         residencia del adulto mayor (Ley Nº 17.066, de 24 de diciembre de
         1998).

    iv)  Creando programas que beneficien al adulto mayor de menores 
         recursos, dándole acceso a una alimentación de buena calidad.

    v)   Estableciendo condiciones de formación profesional y 
         capacitación para investigadores y médicos especializados en
         temas relacionados con el envejecimiento, a fin de contar con
         condiciones de vida sanitariamente adecuadas para el adulto
         mayor.

    vi)  Promoviendo la incorporación en los programas de educación 
         para la salud componentes relativos a la adopción de estilos
         apropiados de vida encaminados a lograr una vejez saludable.

B)  Integración social y condiciones de vida:

    i)   Estimulando la participación activa del adulto mayor en 
         actividades de recreación, educación y vocacionales, mediante la 
         aplicación de descuentos en el acceso a las mismas y en el costo
         de transporte colectivo, y eliminando además, barreras
         arquitectónicas o edilicias. Asimismo, en el caso de impedimentos
         para su desplazamiento, proporcionándole franquicias para la
         adquisición de ayudas funcionales.

    ii)  Facilitando al adulto mayor acceso al sistema educativo existente
         como medio de mantener su inserción social en la comunidad, al
         tiempo de satisfacer sus requerimientos vocacionales y permitirle
         la actualización y enriquecimiento de su acervo cultural
         individual.

    iii) Proporcionando al adulto mayor oportunidades de trasmitir a los
         jóvenes la experiencia adquirida en el campo laboral durante su
         vida activa, tanto en el ámbito de la educación técnica pública
         y privada como en el empresarial, por acuerdos con los gremios
         de cada sector.

    iv)  Introduciendo en la política habitacional normas que garanticen
         al adulto mayor el acceso a una vivienda decorosa y digna, a
         costo reducido, y en ambientes agradables y seguros.

    v)   Estimulando la creación de instituciones que agrupen al adulto
         mayor, a fin de mantener en esa etapa de la vida niveles de
         integración social y actividad que le permitan gozarla
         plenamente.

    vi)  Promoviendo la introducción en los planes educativos de las 
         tres ramas de la enseñanza pública y privada el tema del adulto
         mayor y su valoración y respeto en la sociedad y la familia.

C)  Asesoramiento y protección legal: Creando condiciones que 
    garanticen la protección legal del adulto mayor, particularmente
    cuando ha sido víctima de discriminación o violencia.

D)  Seguridad social:

    i)   Implementando los planes necesarios para que todos los adultos
         mayores tengan acceso al sistema previsional nacional, lo cual
         les garantizará el respaldo económico que les permita satisfacer
         sus necesidades de manera digna.

    ii)  Reglamentando procedimientos de retiro gradual y progresivo 
         de la actividad laboral. A tal fin, deberán incorporarse formas
         parciales de trabajo que puedan desarrollarse en actividades
         similares o diferentes a las originalmente desempeñadas por el
         trabajador.
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