Fecha de Publicación: 23/12/2005
Página: 668-A
Carilla: 4

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 409

 Agrégase al artículo 294 de la Ley N° 15.982, de 18 de octubre de 1988
(Código General del Proceso), el siguiente numeral:
"12)     Los procesos en que sea actor o demandado el Estado u otra
persona pública estatal".
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