Cuando ocurran accidentes de tránsito con víctimas personales -lesionados
o fallecidos- deberá someterse a los involucrados, peatones o conductores
de vehículos, a los exámenes que permitan determinar el grado de eventual
intoxicación alcohólica o de otras drogas, previa autorización del médico
interviniente. Los funcionarios públicos intervinientes en el caso
incurrirán en falta grave en caso de omitir la realización de los exámenes
antes referidos.