(Protección de espacios).- Prohíbese fumar o mantener encendidos
productos de tabaco en:
A) Espacios cerrados que sean un lugar de uso público.
B) Espacios cerrados que sean un lugar de trabajo.
C) Espacios cerrados o abiertos, públicos o privados, que correspondan
a dependencias de:
i. Establecimientos sanitarios e instituciones del área de la salud de
cualquier tipo o naturaleza.
ii. Centros de enseñanza e instituciones en las que se realice
práctica docente en cualquiera de sus formas.