Fecha de Publicación: 07/11/2008
Página: 513-A
Carilla: 5

MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA

Artículo 12

 (Inoponibilidad en casos de violaciones a los derechos humanos).- Los
sujetos obligados por esta ley no podrán invocar ninguna de las reservas
mencionadas en los artículos que anteceden cuando la información
solicitada se refiera a violaciones de derechos humanos o sea relevante
para investigar, prevenir o evitar violaciones de los mismos.

                             CAPITULO TERCERO

  DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO PARA ACCEDER A LA INFORMACION PUBLICA
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