(De la solicitud y sus requisitos).- Toda persona física o jurídica
interesada en acceder a la información pública en poder de los sujetos
obligados por la presente ley, deberá hacerlo mediante solicitud escrita
ante el titular del organismo. En dicha solicitud deberá constar:
A) La identificación del solicitante, su domicilio y forma de
comunicación.
B) La descripción clara de la información requerida y cualquier dato que
facilite su localización.
C) Y, opcionalmente, el soporte de información preferido, sin constituir
este último una obligación para el organismo.