Fecha de Publicación: 07/01/2009
Página: 52-A
Carilla: 24

MINISTERIO DE SALUD PUBLICA

Artículo 10

 Cada Jefe de Residentes ocupará el cargo por un plazo máximo de tres
años, estando su actuación supeditada a una evaluación anual por parte de
la Comisión Técnica de Residencias Médicas. Dicha evaluación deberá
adaptarse teniendo en consideración la opinión de las partes referidas en
el artículo precedente.
Ayuda