Los miembros integrantes de la Comisión Técnica de Residencias Médicas
deberán tener como mínimo cinco años de ejercicio de la profesión,
exceptuando el representante de los Residentes.
La permanencia de los integrantes en sus funciones será por un período de
tres años, excepto el representante de los Residentes que durará un año en
su cargo, pudiendo ser renovados por otro período o removidos en cualquier
momento a solicitud de las autoridades que los designaron.