CONSEJO DE MINISTROS
La materia departamental estará constituida por: 1) Los cometidos que la Constitución de la República y las leyes asignen a los Gobiernos Departamentales. 2) Los asuntos que emerjan de acuerdos entre el Gobierno Nacional y el Departamental. 3) La protección del ambiente y el desarrollo sustentable de los recursos naturales dentro de su jurisdicción.Ayuda