MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA
(Notificaciones).- Con excepción del auto que ordena el traslado de la demanda, emplazamiento y la convocatoria a la audiencia única, que será notificado personalmente en el domicilio del demandado, todas las demás providencias se notificarán en la oficina, en los términos del primer párrafo del artículo 86 del Código General del Proceso.Ayuda