MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
(Reglamentación).- El Poder Ejecutivo reglamentará la forma y oportunidad
de propuesta y elección de los representantes mencionados en el artículo
anterior así como la forma de funcionamiento de la Comisión de Promoción
del Mercado de Valores.
TITULO IV
VALORES
CAPITULO I
DEFINICION
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