MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
(Firma digital).- Es de aplicación a todo registro electrónico de valores escriturales de emisores públicos o privados, de oferta pública o privada, el régimen establecido en la Ley Nº 18.600, de 21 de setiembre de 2009, para la certificación electrónica. SECCION VII OTRAS DISPOSICIONESAyuda