Fecha de Publicación: 16/12/2009
Página: 800-A
Carilla: 4

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 81

 (Estructura del Directorio, Comité de Auditoría y de Vigilancia).- Las
bolsas de valores, otras instituciones privadas que constituyan mercados
de negociación de valores de oferta pública y los emisores de valores de
oferta pública que tengan un patrimonio mayor al que determine la
Superintendencia de Servicios Financieros a tales efectos, deberán adecuar
el funcionamiento de su directiva a lo que establezca la reglamentación.
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