Fecha de Publicación: 22/02/2010
Página: 509-A
Carilla: 5

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 6

 Agrégase a la Ley N° 18.567, de 13 de setiembre de 2009, un artículo "in
fine" que tendrá la siguiente redacción:
 "La Corte Electoral reglamentará la presente ley en todo lo atinente
 a los actos y procedimientos electorales referentes a las elecciones de
 los Municipios".

Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 4 de febrero
de 2010.
RODOLFO NIN NOVOA, Presidente; HUGO RODRIGUEZ FILIPPINI, Secretario.

MINISTERIO DEL INTERIOR
 MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
  MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
   MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
    MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA
     MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS
      MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MINERIA
       MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
        MINISTERIO DE SALUD PUBLICA
         MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA
          MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTE
           MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO
            TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE
             MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

                                         Montevideo, 12 de Febrero de 2010

Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el
Registro Nacional de Leyes y Decretos, la Ley por la que se modifica otra
N° 18.567, de 13 de setiembre de 2009, sobre descentralización territorial
y participación ciudadana.
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