Fecha de Publicación: 25/07/2011
Página: 208-A
Carilla: 10

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

Artículo 7

 (Programas).- Existirán cinco programas dependientes directamente de la
Gerencia General Ejecutiva, de acuerdo con el siguiente detalle:

A) Programa de Ingreso, Estudio y Derivación. Tendrá a su cargo el
   Centro de Ingreso Transitorio de Montevideo, realizará los informes
   técnicos de diagnóstico inicial y definirá las derivaciones a los
   diversos programas y proyectos existentes.

B) Programa de Medidas Socioeducativas no Privativas de Libertad y
   Mediación. Tendrá a su cargo la ejecución de las medidas
   socioeducativas previstas en los artículos 80 a 84 inclusive del Código
   de la Niñez y la Adolescencia.

C) Programa de Medidas Socioeducativas Privativas de Libertad y
   Semilibertad. Tendrá a su cargo la ejecución de las medidas previstas
   en los artículos 86 a 88 inclusive del Código de la Niñez y la
   Adolescencia.

D) Programa de Medidas Curativas. Tendrá a su cargo la ejecución de
   las medidas socioeducativas previstas en el artículo 106 del Código de
   la Niñez y la Adolescencia.

E) Programa de Inserción Social y Comunitaria (egreso). Tendrá a su
   cargo todas las acciones tendientes a obtener un reintegro social
   exitoso.
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