Fecha de Publicación: 08/12/2011
Página: 5
Carilla: 5

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 5

 Cuando se trate de proyectos de construcción en terrenos con frente a la
red de saneamiento existente o en construcción, las Intendencias no podrán
otorgar permiso de construcción sin la presentación del certificado
expedido por la autoridad competente que acredite la solicitud de conexión
a dicha red.
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