El Poder Ejecutivo podrá fijar reglas y patrones técnicos que aseguren la
compatibilidad, interconexión e interoperación de las redes de
transacciones electrónicas, así como el correcto y seguro funcionamiento
de los equipos que se conecten a ellas y de los instrumentos de pago que
utilicen las redes. La Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones
(URSEC) establecerá los criterios para controlar la efectiva aplicación de
dichas reglas y patrones. Las tarifas de interconexión deberán
establecerse de común acuerdo entre las partes; en caso de no existir
acuerdo, la URSEC establecerá las tarifas a aplicar.
Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 15 de mayo de
2012.
DANILO ASTORI, Presidente; HUGO RODRÍGUEZ FILIPPINI, Secretario.
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
MINISTERIO DEL INTERIOR
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA
MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA
MINISTERIO DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA
MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTE
MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO
TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
Montevideo, 25 de Mayo de 2012
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el
Registro Nacional de Leyes y Decretos, la Ley por la que se disponen
ajustes al sistema tributario vigente.
JOSÉ MUJICA, Presidente de la República; LUIS PORTO; EDUARDO BONOMI; LUIS
ALMAGRO; ELEUTERIO FERNÁNDEZ HUIDOBRO; RICARDO EHRLICH; ENRIQUE PINTADO;
ROBERTO KREIMERMAN; EDUARDO BRENTA; JORGE VENEGAS; TABARÉ AGUERRE; HÉCTOR
LESCANO; GRACIELA MUSLERA; DANIEL OLESKER.