Fecha de Publicación: 09/05/2013
Página: 15
Carilla: 15

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA

Fe de erratas publicada/s: 20/05/2013.

Artículo 29

 Esta ley entrará en vigencia a los 90 (noventa) días de su promulgación,
en cuyo plazo el Poder Ejecutivo dictará la reglamentación respectiva.

Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo, a 10 de
abril de 2013.
GERMÁN CARDOSO, Presidente; JOSÉ PEDRO MONTERO, Secretario.

MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA

                                             Montevideo, 3 de Mayo de 2013

Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el
Registro Nacional de Leyes y Decretos, la Ley por la que se dictan normas
relativas al matrimonio igualitario.
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