(Informaciones incompletas o inexactas).- La remisión incompleta o inexacta de dicha información o su remisión fuera de los plazos y condiciones establecidas en la presente ley y su reglamentación, hará pasible a la entidad financiera, según su gravedad, de las siguientes sanciones:
A) Observación.
B) Apercibimiento.
C) Multa de hasta mil veces el valor máximo de la multa por
contravención establecida en el artículo 95 del Código
Tributario.