PODER EJECUTIVO MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
(Contralor).- Las entidades obligadas no podrán inscribir actos y negocios jurídicos en los Registros dependientes de la Dirección General de Registros del Ministerio de Educación y Cultura, sin la acreditación de haber dado cumplimiento a las disposiciones de la presente ley.Ayuda