PODER EJECUTIVO MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
Agrégase al artículo 23 del Título 4 del Texto Ordenado 1996, el siguiente inciso: "Los gastos salariales abonados por los desarrolladores de las zonas francas localizadas fuera del Área Metropolitana, que determine el Poder Ejecutivo, serán computables por una vez y media su monto real".Ayuda