Fecha de Publicación: 24/09/2019
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Carilla: 4

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 8

   Derógase el artículo 29 y el numeral 2) del artículo 30 de la Ley N° 15.982, de 18 de octubre de 1988 (Código General del Proceso), el primero en la redacción dada por el artículo 649 de la Ley N° 19.355, de 19 de diciembre de 2015.
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