Fecha de Publicación: 08/01/2020
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Carilla: 12

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA

Artículo 16

   La venta, ofrecimiento o suministro de bebidas alcohólicas a través de máquinas automáticas, queda sujeta a las disposiciones establecidas en la presente ley y su reglamentación.
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