Fecha de Publicación: 08/01/2020
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Carilla: 12

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA

Artículo 21

   Los mensajes publicitarios o promocionales de bebidas alcohólicas deberán contener el siguiente mensaje preventivo: "Prohibida la venta a menores de dieciocho años de edad".

   El Poder Ejecutivo podrá determinar otros mensajes preventivos, contando para ello con el asesoramiento de la Junta Nacional de Drogas.
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