Fecha de Publicación: 12/05/2023
Página: 4
Carilla: 4

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 4

   Cualquiera de las personas mencionadas en los artículos anteriores podrá acceder a dicho beneficio presentando certificado, el cual deberá lucir firma y sello del médico o técnico tratante, en el que se deberá establecer:

   A) Tipo de control o consulta.

   B) Semana de embarazo.

   C) Fecha y hora de la consulta.
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