Fecha de Publicación: 10/03/1919
Página: 467
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MINISTERIO DE INDUSTRIAS

Artículo 18

   Los fondos depositados, los impresos, avisos, escritos, correspondencia y actos de toda clase efectuados en servicio de la "Caja Nacional de Ahorro Postal" estarán exentos de todo impuesto, derecho, tara, patente o contribución.
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