Fecha de Publicación: 28/11/1923
Página: 411
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MINISTERIO DE HACIENDA

Artículo 19

   Siempre que se firme a favor de las instituciones de crédito vales a plazo fijo que estén afianzados con anterioridad por hipotecas o garantías hipotecarias llevarán un timbre de $ 0.50.
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