Corresponden los siguientes sellos:
$ 0.15
1.º A la primera foja y siguientes de los manifiestos de carga y descarga
de los buques de cabotaje de menos de veinte toneladas métricas de
registro, y de las solicitudes para abrir y cerrar registros de los
mismos, así como a las pólizas de despachos de importación por
artículos que introduzcan los pasajeros, y cuyo valor no exceda de
veinte pesos.
2.º A cada foja de las licencias del rol marítimo.
$ 0.50
3.º A la primera foja de los manifiestos de carga y descarga de los buques
de cabotaje de más de veinte toneladas métricas de arqueo, y de las
solicitudes para abrir y cerrar registro de los mismos.
La segunda foja y siguientes serán de diez centésimos.
4.º A cada foja de las guías, permisos o pólizas para despacho de los
efectos de Aduana y Receptorías de la República.
Los permisos de despacho sólo serán aceptados y tendrán curso por la
Contaduría de la Aduana de la Capital cuando se refieran a artículos
de un solo depósito.
$ 1.00
5.º A cada foja de las guías, permisos o pólizas para despacho de los
efectos de Aduana y Receptorías de la República relativos a las
operaciones de importación, exportación, transbordo, reembarco y
transferencia.
Es aplicable a estas operaciones la disposición contenida en el
parágrafo 2.° del inciso 4.º.
6.º A las cartas de sanidad para los buques que hagan el comercio de
cabotaje.
7.º A la primera foja de los manifiestos de carga y descarga y a las
solicitudes para abrir y cerrar registros de los buques que no sean de
cabotaje, cuando no pasen de cien toneladas métricas de arqueo.
$ 2.00
8.º A los mismos, cuando excedan de cien toneladas y no pasen de
doscientas.
$ 3.00
9.º A los mismos, cuando excedan de doscientas toneladas y no pasen de
trescientas.
$ 4.00
10. A los mismos, cuando excedan de trescientas y no pasen de
cuatrocientas toneladas.
11. A las cartas de sanidad para los buques de ultramar.
$ 5.00
12. Al manifiesto de carga y descarga y a las solicitudes para abrir y
cerrar registros de los buques cuando excedan de cuatrocientas
toneladas.