Ley
Establece la de Contribución Inmobiliaria para el año económico de 1924-25, que regirá para el Departamento de la Capital.
Poder Legislativo.- El Senado y Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General,
DECRETAN:
Artículo 1
En el año económico 1924-25 regirá para el Departamento de la Capital la misma ley de Contribución Inmobiliaria que rigió en el ejercicio anterior.
Por el Consejo: SOSA.- PEDRO COSIO.- Manuel V. Rodríguez, Secretario.