Si resultara comprobado que la identidad del votante no corresponde a la del ciudadano inscripto cuya credencial o datos se han utilizado para votar, y no se apelara en el acto, de la resolución de la Junta Electoral, se rechazará el voto y se destruirá, sin abrirlo, el sobre de votación, reservándose la hoja de identificación, a los efectos de iniciar la acción penal correspondiente.