Fecha de Publicación: 19/01/1925
Página: 85
Carilla: 1

MINISTERIO DE INSTRUCCION PUBLICA

Artículo 182

   Queda igualmente prohibido a toda autoridad pública intervenir en el acto eleccionario para coartar, impedir o alterar la libertad del sufragio, mediante la influencia de sus cargos o la utilización de los medios de que estuvieran provistas sus reparticiones.
Ayuda