Instalada la Comisión Receptora, ocupará la Presidencia el ciudadano que hubiera sido proclamado en primer término dentro del lema que haya obtenido mayor número de votos en la elección efectuada por la Junta Electoral, y la Secretaría, el que hubiera sido proclamado en primer término, dentro del lema que siga al primero en número de votos. En ausencia de cualquiera de ambos, ocuparán sus cargos, respectivamente, los suplentes proclamados.