MINISTERIO DE INSTRUCCION PUBLICA
En cualquier momento, en el transcurso de la votación, los delegados de los partidos podrán entregar a la Comisión Receptora, listas de candidatos que hayan sido registradas ante la Junta Electoral respectiva. La Comisión Receptora colocará de inmediato estas listas en el cuarto secreto. CAPITULO VIII Del acto del sufragioAyuda