MINISTERIO DE INSTRUCCION PUBLICA
Modifícase el artículo 12 de la ley de 19 de Enero de 1925, que quedará redactado en los términos siguientes: "En toda lista de votación deberán estar impresos los nombres de los candidatos titulares y suplentes en número no mayor del que corresponda al de los cargos que se provean por medio de la elección para la cual se presentan las candidaturas."Ayuda