Para determinar el número de representantes correspondientes a cada Departamento, se seguirá este procedimiento:
A) Se determinará la cifra electoral nacional agregando al número total de
votos válidos emitidos en el país en la última elección, el de los
ciudadanos que se hubieran incorporado al Registro Cívico, válidamente,
y por primera vez desde la fecha de la última elección.
B) Se determinará la cifra electoral departamental, agregando al número
total de votos válidos correspondientes a cada Departamento en la
última elección el de los ciudadanos que se hubieran incorporado al
Registro Cívico Nacional, válidamente, por primera vez y en el
correspondiente Departamento, desde la fecha de la última elección.
En caso de varias elecciones simultáneas, se tomará para todas las
operaciones que anteceden, aquélla en que se hubiera emitido mayor
número de votos válidos en todo el país.
C) Se determinará el cociente de representación dividiendo la cifra
electoral nacional por ciento veintitrés.
D) Se dividirá la cifra electoral de cada Departamento por el cociente de
representación, asignándose a cada Departamento tantos representantes
como unidades tenga el cociente de esta nueva división.