Ley
Se hacen aumentos en los sueldos de empleados y obreros de Correos, Telégrafos y Teléfonos hasta tanto se sancione al presupuesto de la Administración General.
Poder Legislativo.
El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General,
DECRETAN:
Artículo 1
Hasta tanto se sancione el Presupuesto de la Administración General de Correos, Telégrafos y Teléfonos los empleados y obreros de esta repartición pública disfrutarán de los siguientes aumentos en los sueldos que actualmente perciben:
Sueldos inferiores a $ 480, $ 96.00 por año.
Sueldos de $ 481 a $ 720, $ 120.00 por año.
Sueldos de $ 721 a $ 1.140, $ 180.00 por año.
Sueldos de $ 1.141 a $ 1.620, $ 240.00 por año.
Sueldos de $ 1.621 a $ 2.400, $ 300.00 por año.
Sueldos de $ 2.401 a $ 6.000, $ 360.00 por año.
Por el Consejo: MARTINEZ. — CESAR MAYO GUTIERREZ. — RICARDO COSIO. — Manuel V. Rodríguez, Secretario.