Fecha de Publicación: 24/02/1927
Página: 439-A
Carilla: 3

MINISTERIO DE INSTRUCCION PUBLICA

Artículo 14

   Los prontuarios de las personas que, no hallándose inscriptas en el Registro Cívico, egresaran del Ejército, serán retirados del Registro de Inhabilitados una vez que la Corte Electoral compruebe el egreso.
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