Fecha de Publicación: 22/12/1932
Página: 577-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE INSTRUCCION PUBLICA

Ley

Se reconoce el derecho de la mujer al voto activo y pasivo, estableciéndose disposiciones para el ejercicio del mismo.

Poder Legislativo.

   El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General,

                           DECRETAN:

Artículo 1

   Reconócese el derecho de la mujer al voto activo y pasivo, tanto en materia nacional como municipal.
 

Por el Consejo: FABINI.- EDUARDO JIMENEZ DE ARECHAGA.- Manuel V. Rodríguez, Secretario.
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