Fecha de Publicación: 13/01/1933
Página: 69-A
Carilla: 1

Artículo 118

   Los jornales que se adeudaren a los peones extrapresupuesto del Vivero de Toledo "Sección Forestal de la Dirección de Agronomía" hasta el 31 de Diciembre de 1932, serán atendidos con cargo a Rentas Generales.
   Modifícase el ítem 1955 de esta planilla en la siguiente forma:

3  Capataces, cada uno a $ 720.00 	         $ 2.160-

   Auméntase en $ 19.200.00 anuales la partida de pesos 7.500.00 que para pago de peones figura en la Sección Forestal de la Dirección de Agronomía (Planilla N° 112 del Presupuesto del Ministerio de Industrias).
   No deberán proveerse las vacantes de peones que se produzcan hasta tanto no puedan ser cubiertas las asignaciones de los mismos, con una partida anual de $ 15.000.00.
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