Fecha de Publicación: 13/01/1933
Página: 69-A
Carilla: 1

Artículo 150

   Facúltase al Consejo de Salud Pública para enajenar el predio de su propiedad ubicado en Punta Carreta donde está instalada la Colonia de Vacaciones, debiendo aplicar el importe de esa venta a liquidación de su déficit acumulado.
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